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Mostrando las entradas etiquetadas como Hugo Alday

REFLEXIÓN EN DÍA DEL ABOGADO: EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD DETRÁS DE LAS ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

REFLEXIÓN EN EL DÍA DEL ABOGADO:EL  PRINCIPIO DE LEGALIDAD DETRÁS DE LAS ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD   Durante los últimos años, el congreso del Estado de Quintana Roo ha sido el escenario de una gran cantidad de acciones de inconstitucionalidad promovidas en su mayoría por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, resultando en la invalidez de distintas normas y artículos emanados del poder legislativo local. De acuerdo con la teoría del Estado, así como con la jerarquía jurídica de las normas establecida en el sistema neorrománico por Hans Kelsen, las normas inferiores, como son las normas emanadas de los poderes legislativos estatales no pueden contravenir o incluso ir más allá de lo que disponen las normas federales, en particular, la Constitución General de la República. En este sentido, y partiendo de qué los legisladores llegan a sus cargos a través de la decisión popular no tienen la obligación de ser peritos en derecho, dado que uno de los principios demo...

PROPAGANDA GUBERNAMENTAL. UNA PROPUESTA DE REFORMA.

  PROPAGANDA GUBERNAMENTAL. UNA PROPUESTA DE REFORMA. En los últimos días hemos escuchado diversas posturas en torno a la iniciativa de adicionar un artículo 400 BIS a la Ley Electoral del Estado de Quintana Roo, impulsada por algunos diputados de los partidos de la coalición Partido Verde, Morena y Partido del Trabajo con la intención de establecer como infracción el uso de la imagen personalizada de servidores públicos cuando  sea difundida por cualquier medio de comunicación y siendo relativa a la entrega de apoyos sociales, bienes, programas o servicios públicos. Esta propuesta sin duda recoge varios de los elementos que fueron vertidos en su momento por Morena y  el Partido del Trabajo en la  Acción de Inconstitucionalidad 129/2015 y sus acumuladas 130/2015, 131/2015, 132/2015, 133/2015 y 137/2015 , en donde se reclamaba, incluso la difusión respecto de las actividades propias de las funciones gubernamentales y las fachadas de los bienes muebles o inmuebles, l...

EN DEFENSA DEL FEDERALISMO

  EN DEFENSA DEL FEDERALISMO… Dentro de los temas fundamentales de   l a historia constitucional de México, la forma federal del Estado se establece en 1824 en el primer texto constitucional. Esta figura novedosa en ese  entonces , considerando que veníamos de   la Constitución de Cadiz  de 1812 fue incorporada al texto constitucional por la influencia de la  Carta Magna  de Filadelfia de 1787 acompañada del sistema presidencialista. El doctor José Luis Soberanes,  en su “ Historia del Derecho Mexicano ” menciona la influencia de  Thomas Hobbes, John Locke ,  Juan Jacobo Rousseau , Pufendorf, Liebniz y Wolf f, en la configuración del constitucionalismo mexicano, señalando  que: Todos ellos por diversos caminos, propusieron una nueva cultura política partiendo de la democracia como forma ideal de gobierno, en la que encontramos al Estado de derecho, las declaraciones de derechos humanos, la división de poderes, el mandato popular, la...

LA TRAMPA DE SALOMÓN JARA

  LA TRAMPA DE SALOMÓN  JARA Lo sucedido hace un par de días en Oaxaca nos da una señal clara de que el pueblo bueno y sabio oaxaqueño no está contento con el gobierno de Salomón Jara, quien apenas la libró con el 58% de los votos a favor de que su mandato continúe. Lo más lamentable a mi parecer, es que esa elección fue entre el gobernador y su propia incompetencia, y ganó solo con 8 puntitos porcentuales arriba de la media. Creo que la mediocridad de una administración fue exhibida en su totalidad. De acuerdo con la Constitución Política del Estado de Oaxaca, procede la revocación de mandato en los siguientes supuestos: “ Art. 25 … C … Fracción  III.-  Procede la revocación de mandato del Gobernador del Estado cuando se presente los supuestos y se cumplan los requisitos que a continuación se enuncian:  a) Se formule la solicitud por escrito y la suscriban cuando menos veinte por ciento de los ciudadanos oaxaqueños inscritos en la lista nominal de electores del...

La “reducción al absurdo” y los formularios de la ministra.

  La “reducción al absurdo” y los formularios de la ministra.   En el ámbito jurídico, la reducción al absurdo ( reductio ad absurdum ) es una técnica argumentativa que permite demostrar la invalidez de una premisa llevando sus consecuencias lógicas hasta un extremo insostenible. Se trata de un método clásico, empleado desde Aristóteles, que revela incoherencias internas en propuestas normativas, doctrinales o institucionales.   En el contexto mexicano reciente, esta figura resulta especialmente útil para analizar de manera irresistible la propuesta de simplificar el litigio mediante la sustitución de la argumentación jurídica por formularios estandarizados de la ministra Lenia Batres según la cual, los abogados podrían litigar mediante formatos preestablecidos en lugar de desarrollar argumentación jurídica compleja.   Considerando que la argumentación jurídica no es un adorno retórico ni un lujo académico, debemos entender que es el mecanismo mediante el cual ...