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LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE JUSTICIA DE QUINTANA ROO.

 LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE JUSTICIA DE QUINTANA ROO.

 



En el marco de los festejos del 50 Aniversario de la Constitución Política de Quintana Roo, el pasado de 9 de enero se llevó a cabo la reforma judicial local, que modifica diversos artículos de la Carta Magna de esta entidad. Sobre el particular y antes de adentrarnos en el contenido de la misma, es importante hacer mención que si bien es cierto la reforma judicial en la esfera federal, es decir en el Poder Judicial de la Federación, me sigue pareciendo riesgosa debido a que los jueces de distrito, magistrados de tribunales colegiados de circuito y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fueron, son y seguirán siendo por muchos años más, las personas más preparadas en derecho procesal constitucional.

 

Estas personas juzgadoras, de las que, sin más, se prescinde, en su mayoría pasaron por décadas de estudio y de preparación en la carrera judicial para pasar de becarías a secretarías y luego amagistraturas después de varias especialidades, maestrías y doctorados, por decirlo de manera sencilla. Pero, además, son las que nos han formado y nos siguen formando a la gran mayoría de los abogados que hoy tenemos grados académicos de maestría o doctorado en México. Para acabar pronto, los que hoy habrán de salir del Poder Judicial Federal son quienes están formando y les resuelven las dudas a todos aquellos que se han apuntado para ser seleccionados y luego electos para representar la justicia de la unión.

 

diferencia del Poder Judicial Federal, en los tribunales de justicia de los estados, la fiesta era diferente, ya que cada gobernante de turno nombraba y removía magistrados y jueces a su conveniencia. Llegando incluso a nombrar a los primos de los amigos que acababan de terminar la carrera sin importar si tenía experiencia o si tenía buen promedio, ya que todo se solucionaba con una terna y un mayoriteo para tener jueces y magistrados en gran parte de los estados de este país.

 

Lo que acaba de suceder en Quintana Roo, es diferente. Con un proyecto de reformas constitucionales que privilegian la formación académica y la competencia de las personas juzgadoras, es que la gobernadora del estado, Mara Lezama, presentó y obtuvo la aprobación de su reforma judicial que, entre otras cosas, incluye la Universidad Judicial, como figura novedosa

 

Dentro de la nueva conformación del Poder Judicial de Quintana Roo, se encuentran novedades legislativas interesantes como, por ejemplo:

 

a) Se establece como una de las facultades de la Legislatura del Estado convocar a elecciones de las personas titulares de las Magistraturas y de los Juzgados del Poder Judicial e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, siendo que la convocatoria deberá expedirse dentro de los treinta días naturales siguientes a la instalación del primer periodo de sesiones del año anterior al de la elección que corresponda.

 

b) Se considera que la integración del Tribunal Superior de Justicia se observará el principio de paridad de género, por lo que, no habrá más de seis Magistradas o Magistrados del mismo sexo.

 

c) Se establece que la presidencia del Tribunal Superior de Justicia se elegirá entre los Magistrados del Pleno que integran el Tribunal, en el mes de agosto de cada cuatro años, con la posibilidad de una reelección.

 

d) Se crea el Tribunal de Disciplina Judicial, el cual será un órgano del Poder Judicial del Estado con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, siendo que se integrará por tres personas electas por la ciudadanía a nivel estatal.

 

e) Se crea el Órgano de Administración Judicial, el cual se integrará por tres personas que durarán en su encargo nueve años improrrogables, de las cuales una será designada por el Poder Ejecutivo, una por la Legislatura del Estado mediante votación calificada de las dos terceras partes de sus integrantes presentes y una por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, con mayoría de ocho votos.

 

f) Derivado del artículo 101 fracción III, la especialidad por materia es fundamental y expresamente señala que el promedio será de: “nueve puntos o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado. Con lo que al menos garantiza que las personas juzgadoras que lleguen a los filtros de los tres poderes deberán acreditar 9.0 o mas de promedio en la especialidad que se trate y en caso de que no lo acrediten serán impugnables.

 

g) Se crea la Universidad Judicial, como un órgano auxiliar del órgano de administración judicial, con autonomía técnica y de gestión para implementarlos procesos para la formación, actualización, capacitación, evaluación y certificación de las personas servidoras públicas del Poder Judicial, así como de quienes aspiren a formar parte de este, con excepción de las pertenecientes al Instituto de Justicia Alternativa y, entre otras cosas; llevar a cabo los concursos de oposición para acceder a las distintas categorías de la formación judicial, lo que me parece maravilloso. Carrera judicial en Quintana Roo!

 

Dadas estas virtudes de la reforma constitucional de Quintana Roo en materia judicial, me parece que estamos en la antesala de un Poder Judicial local muy sólido, así que todo dependerá de que los comités técnicos de los tres poderes del estado hagan su trabajo y sometan a votación a los mejores, a aquellas personas que tengan experiencia, que tengan 9.0 o más en la especialidad que se trate y obviamente a sabiendas de que maestría mata licenciatura y doctorado mata maestría. Con ello, estaremos en presencia de una justa competencia entre personas preparadas y con competencia para desempeñar el cargo desde el conocimiento y no desde compadreamientoDe no ser así, el Poder Judicial seguirá, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.


Hugo Alday Nieto 

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